Es por todos sabido que, por motivos de seguridad, la comercialización de explosivos se encuentra altamente regulada. Sin embargo, no todo el mundo conoce la existencia de una serie de sustancias que, pese a no ser explosivas en sí mismas, pueden emplearse para la elaboración de explosivos y, por ello, su comercialización se encuentra igualmente regulada. A estas sustancias se las conoce como Precursores de Explosivos.

Tabla de contenidos

¿Qué productos se consideran como Precursores de Explosivos?

El Reglamento (UE) 2019/1148, de 20 de junio de 2019, sobre la comercialización y la utilización de precursores de explosivos agrupa las diferentes sustancias en dos grupos:

Anexo I

Anexo I: sustancias consideradas como precursores de explosivos

Anexo II

Anexo II: sustancias consideradas como precursores de explosivos

¿Cómo saber si un producto está considerado como Precursor de Explosivos?

Contrastando la composición del producto (nombre de los componentes y números CAS) en la etiqueta del producto o su ficha de seguridad con los listados Anexos I y II, o bien consultando al proveedor.

Excepcionalmente, no se considerarán como Precursores de Explosivos las mezclas homogéneas de más de cinco ingredientes, en las que la concentración de cada una de las sustancias recogidas en los Anexos I o II esté por debajo del 1 % p/p., es decir, el 1% del producto total.

¿Quién puede vender Precursores de Explosivos?

Pueden comercializar Precursores de Explosivos las empresas que estén registradas como Operadores económicos ante el CITCO (Centro de Inteligencia contra el Terrorismo y el Crimen Organizado), perteneciente al Ministerio del Interior.

¿Quién puede comprar este tipo de sustancias?

Los particulares sin licencia pueden comprar:

  • Sustancias del Anexo I con una concentración menor del ‘Valor límite sin licencia’ marcado.
  • Sustancias del Anexo II sin límite de cantidad ni concentración.

Los particulares con licencia (solicitada al CITCO) pueden comprar:

  • Sustancias del Anexo I con una concentración menor del ‘Valor límite con licencia’ marcado.
  • Sustancias del Anexo II sin límite de cantidad ni concentración.

Operadores económicos o usuarios profesionales:

  • Sustancias del Anexo I sin límite de cantidad ni concentración, siempre que acredite su condición de operador económico o usuario profesional.
  • Sustancias del Anexo II sin límite de cantidad ni concentración.

Obligaciones de los vendedores de Precursores de Explosivos

Los vendedores de Precursores de Explosivos (llamados Operadores económicos) tienen la obligación de comunicar cualquier transacción sospechosa de sustancias incluidas en los Anexos I y II, tanto en la venta a particulares como a profesionales.

Deberán, también, comunicar y denunciar los robos y desapariciones significativas (inventarios incompletos, desaparición de un cargamento de transporte, robos con fuerza, etc.) de este tipo de sustancias.

¿Qué es una transacción sospechosa?

Se considerarán transacciones sospechosas aquellas en las que existan motivos fundados para sospechar que la sustancia o la mezcla correspondiente se puede destinar a fines ilícitos.

Se enumeran a continuación algunos de los indicadores que el Ministerio de Interior establece. El cliente:

  • No indica con claridad la utilización prevista de los precursores de explosivos regulados.
  • No parece estar familiarizado con la utilización prevista de los precursores de explosivos regulados o no es capaz de ofrecer una explicación verosímil al respecto;
  • Se propone comprar precursores de explosivos regulados en cantidades, combinaciones o concentraciones inusuales para su uso legítimo;
  • Se muestra reacio a facilitar pruebas de su identidad, su lugar de residencia o, en su caso, su condición de usuario profesional u operador económico;
  • Insiste en emplear métodos de pago inusuales, como por ejemplo elevados importes en efectivo.

¿Qué hacer en caso de una transacción sospechosa?

Actuar durante la transacción con total normalidad, sin alarmar al cliente.

Recabar toda la información posible sobre la transacción: identidad del cliente, sustancia o producto, concentraciones y cantidades, uso previsto de la sustancia o producto, medio de pago; y cualquier otro dato significativo que haya despertado las sospechas.

Comunicar inmediatamente a CITCO por vía telefónica: 91 537 27 66 (Estas transacciones deben ser comunicadas en un plazo no superior a 24 horas).

En los casos de robo o desaparición de productos, se deberá presentar denuncia ante la autoridad policial o judicial.

Más información

Puedes consultar la información relativa a Precursores de Explosivos que el Ministerio del Interior pone a disposición de los ciudadanos. Además, el equipo de LOCIS ADR también podrá ofrecerte asesoramiento a medida de tus necesidades.